Entrevistado acerca del proceso de revocación de mandato al término de una reunión de trabajo en esta ciudad, Sergio Pérez Flores, Senador por Morelos, señaló que “la aprobación que con 67 votos hicimos del decreto promovido por el Ejecutivo en la sesión del Pleno del Senado de la República el pasado jueves, fue en defensa del derecho de las y los mexicanos de estar informados de la consulta por la permanencia en el cargo del presidente Andrés Manuel López Obrador que se llevará a cabo el próximo 10 de abril en todo el país, interpretando el alcance del concepto de propaganda gubernamental en la Ley General de Instituciones y Procedimientos Electorales, y en la Ley Federal de Revocación de Mandato, con lo que la difusión de este acto democrático no sea considerado como propaganda gubernamental permitiéndole a los funcionarios promoverla”.
Pérez Flores comentó que un día después, el pasado viernes 18 de marzo, el decreto se publicó en el Diario Oficial de la Federación (DOF) para conocimiento público y entrada en vigor, destacando que el Artículo Primero del mismo es puntual respecto de lo que es la propaganda gubernamental en las normatividades mencionadas definiéndola como:
“El conjunto de escritos, publicaciones, imágenes, grabaciones y proyecciones difundidas, bajo cualquier modalidad de comunicación social, con cargo al presupuesto público, etiquetado de manera específica para ese fin, por un ente público (poderes de la Federación, entidades federativas, municipios y demarcaciones territoriales de la Ciudad de México, así como órganos constitucionales autónomos, o cualquier otra dependencia o entidad de carácter público), con el objeto de difundir el quehacer, las acciones o los logros relacionados con sus fines, o información de interés público referida al bienestar de la población, cuyas características deberán ajustarse a lo señalado en el artículo 134, párrafo octavo de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos”.
Enfatizando que: “No constituyen propaganda gubernamental las expresiones de las personas servidoras públicas, las cuales se encuentran sujetas a los límites establecidos en las leyes aplicables”.
Y que “Tampoco constituye propaganda gubernamental la información de interés público, conforme al artículo 3, fracción XII, de la Ley General de Transparencia y Acceso a la Información Pública, que debe ser difundida bajo cualquier formato por las personas servidoras públicas”.
Sergio Pérez Flores aprovechó para urgir al Instituto Nacional Electoral (INE) a colocar casillas suficientes en todo el país, además de que se informe con tiempo y por todos los medios la ubicación de cada una.